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Factura autónomo

El trabajador autónomo es aquel que ejecuta una actividad mercantil, de forma usual, personal y espontánea a título lucrativo. Por tal motivo, ni estará en sujeción a contrato de trabajo y aunque manipule el servicio gratificado de otros presentarse para producir sus operaciones.

El compromiso del autónomo es ilimitado, dependiendo de las operaciones del negocio con todos sus bienes futuros y presentes. De hecho, no existe dispersión entre el patrimonio de empresa y personal.

Como autónomo están obligados a facturar o documentar todo, cuando realizan alguna actividad económica en España. Con el objetivo, de justificar la prestación de servicio o la venta de producto, deberá consérvalo durante 4 ejercicios por si hay una inspección desde hacienda.

 ¿Qué están obligados a facturar los autónomos?

Todo autónomo o empresario están obligados a ejecutar o emitir la factura en los siguientes casos:

  • Cuando su cliente es otro empresario o autónomo.
  • Cuando el cliente en particular lo requiere para fines tributarios.
  • Para negocios que se efectúan a distancia y ventas sujetas a impuestos específicos.
  • Pueden emitir facturas simplificadas cualesquier empresarios o autónomos apoderados por la Jurisdicción de Comisión Tributaria.
  • Asimismo, se pueden emitir facturas simplificadas en los siguientes casos:
    • Cuando el valor de la factura no sobrepasa los 400 euros con el IVA.
    • Para presentar facturas rectificativas.

¿Qué son los datos fiscales?

Los datos fiscales son aquellas inquisiciones que nos acredita y nos permite facturar como profesional, autónomo o empresa.

Todos los autónomos deberán poseer un DNI que los acredite ante Hacienda. En el caso de los profesionales particulares, es el mismo número que tenga como particular.

¿Cuáles son tus datos fiscales para Autónomo?

Necesitarán los datos fiscales para poder facturar y tener al día las actividades como autónomo. Por tal motivo, la factura debe reflejar los datos fiscales del emisor y el receptor. Adicional al DNI es indispensable una serie de datos para poder facturar como autónomo:

  • El número de factura deben ser correlativos no deberá tener un salto y deberá ser consecutivos en la fecha.
  • Fecha de factura válida.
  • Denominación completa de ambas partes.
    • Datos personales nombre y apellido del autónomo.
    • Datos del consumidor.
  • Número de identificación fiscal de ambas partes (DNI).
  • Dirección completa donde se realiza la actividad, igual que la del comprador.
  • Descripción de la operación (servicio, bien o producto).
  • Monto unitario del servicio sin impuesto.
  • Colocar el IVA y las retenciones.
  • Importe total a pagar.
  • Condiciones de la factura como el tipo de pago.
  • Nombre y firma del receptor de quien toma el pago.
  • Código postal.
  • Población.
  • El teléfono.
  • Correo electrónico.

El nombre y el DNI son siempre obligatorios. Son datos que deberán consignar en las facturas. En el caso del domicilio / teléfono, no es rigorosamente obligatorio aunque sí recomendable, ya que le ayudará a poseer todo registrado.

Cómo puede consultar u solicitar los datos fiscales

Para obtener sus datos fiscales, habrá que pedir a la Agencia Tributaria. Deberá entra en la página web de la Agencia Tributaria, seguidamente deberá dar clic en “Renta 2019”. Aquí, podrás visualizar sus datos fiscalizadores del ejercicio 2019.

Para poder consultar sus antecedentes, deberá entrar con el certificado o DNI electrónico, Cl@ve PIN o con número de referencia.

¿Por qué necesita los datos fiscales como autónomo?

Sus datos fiscales son su póliza o acreditación ante a Hacienda y frente a tus clientes o proveedores. Al igual, que cuando tiene que ejecutar alguna transacción, cualquier otra operación o petición se deberá presentar.

Lo requiere para poder facturar por los servicios o bien prestado. Es decir, cuando vaya a emitir una factura, cuando vaya a cobrar el importe de los servicios a los consumidores. De este modo, es una constancia en la factura sus datos fiscales como profesional.

Es vital que para que sea una factura correctamente hecha, se requiere que siempre contenga los datos fiscales de ambas partes, si no estaría emitiendo un ticket.

¿Cuándo aplicar IVA e IRPF al facturar?

En la totalidad de casos, cuando un autónomo suministra servicios profesionales a una compañía deberá aplicar retención de IRPF. En ningún proceso debe aplicarlo si la factura es a un particular.

Sobre el IVA, siempre deberán aplicarlo a excepción de aquellas operaciones mercantiles que estén explícitamente exentas de IVA. Como, sería por ejemplo, en el ambiente de la enseñanza de la educación.

En cuanto al pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es la tributación que se emplea a los autónomos por sus operaciones comerciales. El mismo es un gravamen sobre las ganancias de las personas físicas, ya sean trabajadores por cuenta ajena o trabajadores por cuenta propia (autónomos).

¿Cuáles actividades aplican el IRPF?

No todos los autónomos tendrán que emplear la retención del IRPF en sus facturas. Todo dependerá de la actividad que despliegues:

  • Si estás dado de alta en operaciones artísticas o profesionales tendrá que retener el 15% de IRPF en cada factura que ejecute.
  • Cuando está dado de alta en el epígrafe IAE no tendrás que retener IRPF en tus facturas.
  • Si estás dado de alta en acciones en apreciación objetiva por módulos, tendrá que aplicar un 1% de retención de IRPF en sus facturas.
  • Si es el primer año de alta en el régimen de autónomos, durante los dos años consecutivos de actividad, tendrás que retener un 7% de IRPF.
  • Los autónomos realizan el pago a la seguridad social mediante domiciliación crediticia.

Cuando se va a dar de alta como autónomo debes saber que deberás pagar desde el primer día. Sin embargo, la cuota que cancela cada autónomo profesional es distinta y depende de muchos elementos y del tipo de servicio.

¿Cuánto paga un autónomo mes a mes?

La cantidad de cuota mensual varía en función de la base de cotización además de la posibilidad de ampararse a reducciones o bonificaciones. Por tal motivo, la cuota dependen de si el autónomo profesional cumple o no con los requisitos.

Cuota reciente para autónomos

El tipo de cotización general pasa del 30% al 30,3%. Como, consecuencia la cuota de autónomos por este año queda establecida en 286,15 euros al mes, calculada según la base mínima de cotización.

Con motivo de la crisis generada por el coronavirus, los autónomos que cerraron su negocio o hayan perdido un 75% o más de ingresos estarán exonerados de la cuota de un mes.

Es oportuno mencionar que los autónomos siempre deberán gozar de varias obligaciones para poder realizar su factura de forma convincente y eficaz. Es muy beneficioso para todos tanto el profesional que ofrece el servicio o bien como para el consumidor.

Aspiramos que la información aportada en este blog, le haya sido de excelencia y beneficio, no dejes de presentar sus comentarios sobre el tema.

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